Guía Comercio Exterior

Fundamentos de Comercio Exterior

 

Residentes y no residentes.

 Se consideran residentes en España :

1.Las personas físicas, tanto españolas como extranjeras, con residencia habitual en España.

 2. Las personas jurídicas con domicilio social en el España.

 3. Los establecimientos y sucursales en territorio español de personas jurídicas extranjeras o de personas físicas residentes en el extranjero. 

Se consideran no residentes en España : 

1. Las personas físicas, tanto españolas como extranjeras domiciliadas en territorio extranjero o que tengan allí su residencia principal.

 2. Personas jurídicas con domicilio social en el extranjero.

 3.Los establecimientos y sucursales en el extranjero de las personas jurídicas españolas o de las personas físicas residentes en España.

 4. Diplomáticos españoles acreditados en el extranjero y el personal español que preste su servicio en las embajadas, consulados extranjeros o en organismos oficiales.

 5. Diplomáticos extranjeros acreditados en España y el personal extranjero que preste sus servicios en embajadas, consulados, o en organizaciones internacionales en España.

  

- Estado PNR ( partidas de no residente )

 La información de cobros y pagos entre residentes y no residentes se informa cada diez días mediante el estado PNR o posición frente a no residentes.

 Este estado, lo realizan las entidades de crédito y recoge los saldos iniciales, operaciones realizadas en la decena y saldos finales de : 

1. Monedas y billetes extranjeros.

 2. Cuentas que las entidades registradas mantengan con entidades financieras no residentes.

 3. Cuentas que las entidades financieras no residentes y otros acreedores no residentes mantengan con las entidades registradas.

 4. Transferencias y compensaciones entre entidades de crédito sobre cuentas de euros de no residentes.

 5. Otras operaciones que supongan variación de otros activos y pasivos patrimoniales frente a no residentes.

 

Esta información destinada al Banco de España es la base para que el Ministerio de Economía realice la Balanza Comercial de Cobros y Pagos con el Exterior.

 

- Documentos que demuestran la no residencia

 1.      Declaración personal de residencia.

 Es una carta firmada por el no residente donde se identifica e indica su país de residencia.

 

2.      Otro documento :

 A)    Si el no residente es español

 En el caso de españoles residentes en el extranjero, tienen que presentar el Certificado Consular de Residencia, emitido gratuitamente por el consulado español del país donde residan.

 B ) Si el no residente es extranjero

 Si se trata de un extranjero que no reside en España, debe presentar un Certificado de No Residencia emitido por el Ministerio del Interior español.

                         Estos dos documentos deben presentarse cada dos años.

 
   
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